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Aceptación y repudiación de herencia

Quiero renunciar a una herencia o uno de los herederos no quiere aceptarla

No firmar, no comparecer o expresar verbalmente que no se quiere heredar no equivale necesariamente a una repudiación válida.

MonterreyNuevo LeónActualizado en 2026
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Respuesta práctica

La aceptación puede ser expresa o tácita, mientras que la repudiación debe ser expresa y cumplir la forma establecida por la ley. Además, unos herederos pueden aceptar y otros repudiar; la decisión de una persona no obliga automáticamente a las demás.

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Aceptar y repudiar no son lo mismo

Aceptar significa asumir la calidad de heredero en los términos legales. La aceptación puede hacerse de manera expresa o derivarse de actos que necesariamente revelen la intención de aceptar. La repudiación, en cambio, requiere una manifestación expresa y formal.

¿Cómo debe hacerse la repudiación?

El Código Civil de Nuevo León prevé que la repudiación debe constar expresamente por escrito ante el juez o, cuando corresponda, mediante instrumento público ante notario. Por eso una conversación familiar, un mensaje o simplemente dejar de participar en el juicio no deben confundirse con una repudiación jurídicamente formalizada.

¿Puede repudiarse sólo una parte de la herencia?

La aceptación o repudiación no puede hacerse parcialmente, a plazo o bajo condición. La decisión debe analizarse antes de formalizarla porque puede producir consecuencias sobre la posición jurídica del llamado a heredar.

¿Qué pasa si unos herederos aceptan y otros repudian?

La ley permite que unos acepten y otros repudien. Después deberá determinarse cómo repercute esa decisión en la distribución del caudal conforme al título sucesorio, las reglas de representación, sustitución o acrecimiento que resulten aplicables al caso.

¿Qué ocurre si el heredero fallece antes de aceptar o repudiar?

Si una persona llamada a heredar sobrevive al autor de la herencia pero fallece sin haber aceptado o repudiado, el derecho de decidir puede transmitirse a sus propios sucesores. Esto es distinto de la representación por estirpe y requiere reconstruir con precisión las fechas de fallecimiento.

Antes de tomar una decisión

No conviene decidir sólo por la existencia de deudas. Antes debe revisarse qué integra realmente la herencia, cuáles son los pasivos, qué bienes existen, qué efectos tendría la decisión y si ya hubo actos que pudieran considerarse aceptación tácita.

Preguntas frecuentes

¿No firmar el juicio equivale a renunciar a la herencia?

No. La repudiación tiene requisitos formales y no debe confundirse con falta de cooperación o ausencia del procedimiento.

¿Puedo aceptar una casa y repudiar el resto?

La ley no permite aceptar o repudiar parcialmente la herencia en esos términos.

¿Todos los herederos tienen que tomar la misma decisión?

No. Unos pueden aceptar y otros repudiar, con los efectos que correspondan según el caso.

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