Los hijos heredan por cabeza y el cónyuge puede recibir una porción equivalente a la de un hijo bajo las condiciones del artículo 1521 del Código Civil local. El concubinato tiene requisitos propios y no debe equipararse automáticamente al matrimonio.
Asesoría jurídica en sucesiones
¿Existe desacuerdo sobre lo que corresponde a hijos, cónyuge o concubina dentro de la herencia?
En LexHereda podemos analizar parentescos, régimen patrimonial y demás circunstancias para determinar y defender los derechos sucesorios que correspondan.
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Primer paso: separar matrimonio y herencia
Si existió sociedad conyugal, debe liquidarse o determinarse la porción que ya pertenece al cónyuge. Esa parte no se recibe como heredero. La masa sucesoria se forma con lo atribuible a la persona fallecida.
Hijos
Cuando sólo quedan hijas o hijos, el artículo 1504 dispone que la herencia se divide entre todos por partes iguales. Si existen descendientes de ulterior grado, deben revisarse las reglas de herencia por estirpe.
Cónyuge con descendientes
El artículo 1521 establece que el cónyuge que concurre con descendientes tiene derecho a la porción de un hijo si carece de bienes o los que tiene no igualan esa porción. Esto obliga a conocer su patrimonio y no sólo el número de hijos.
Concubina o concubinario
Debe acreditarse la relación conforme a los requisitos legales y revisar libertad de matrimonio, convivencia y descendencia común. Después se analiza la regla de concurrencia aplicable. Una constancia aislada puede no resolver todas las condiciones.
Familias con hijos de distintas relaciones
El origen de la filiación no debe utilizarse para excluir a una hija o hijo reconocido. Deben reunirse actas y resoluciones pertinentes y verificar si existen adopciones, reconocimientos o controversias de filiación.
Ejemplo de método, no de reparto automático
Si sobreviven cónyuge e hijos, primero se separan bienes propios del cónyuge, luego se identifica la masa del fallecido, se determina si el cónyuge reúne las condiciones del artículo 1521 y finalmente se calculan porciones. Cambiar cualquiera de esos datos cambia el resultado.
Preguntas frecuentes
¿La casa siempre se divide en porcentajes?
La cuota hereditaria puede expresarse en proporciones, pero la partición puede adjudicar bienes concretos o compensaciones conforme al haber de cada persona.
¿El cónyuge hereda aunque tenga bienes?
La concurrencia con descendientes exige revisar la condición patrimonial prevista en el artículo 1521.
¿Los hijos fuera del matrimonio heredan?
La filiación jurídicamente acreditada, no el estado civil de los padres, determina el vínculo sucesorio.
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